La Comisión Administradora del Río Uruguay ha reafirmado la veda anual para la pesca del dorado (Salminus brasiliensis) en el río. A partir del 1º de septiembre y hasta el 31 de diciembre, la pesca comercial y deportiva estará prohibida. La decisión se basa en argumentos previos y la crítica bajante del río en los últimos meses.
Veda Establecida y Vigencia:
La Comisión Administradora del Río Uruguay ha ratificado la veda para la pesca del dorado, la cual entra en vigencia desde el 1º de septiembre hasta el 31 de diciembre de cada año. Esta medida busca preservar la especie y su período reproductivo.
Historia de la Veda:
Inicialmente, la veda tenía diferentes períodos para la pesca comercial y deportiva: del 1º de septiembre al 28 de febrero para la comercial, y del 15 de octubre al 15 de enero para la deportiva. Sin embargo, en 2012, se modificó para abarcar el período entre el 1º de septiembre y el 31 de diciembre, decisión que ha sido prorrogada anualmente desde entonces.
Fundamentos de la Decisión:
La Comisión basa su decisión en informes del Programa de Conservación de la Fauna Íctica y los Recursos Pesqueros del Río Uruguay, donde se argumenta a favor de mantener la veda durante la época reproductiva del dorado. Además, se suma la preocupación por la «bajante extraordinaria del Río Uruguay» que se ha observado en los últimos meses.
Colaboración Internacional:
La decisión de extender la veda se tomó después de reuniones de trabajo en las cuales participaron asesores de los organismos de Argentina y Uruguay. Estas discusiones respaldaron la continuidad de la veda y se basaron en argumentos consistentes con años anteriores.
Esta medida busca asegurar la conservación de la especie y su hábitat natural, afrontando los desafíos actuales y futuros que puedan afectar su población y ecosistema.